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Artículo 32 – Programa de beneficios de viajero

32.0 Programa de beneficios COMMUTER

32.1 El Distrito pondrá a disposición de miembros de la unidad de negociación participación en el programa de verificación del viajero del Distrito.

32.2 El Distrito deberá buscar opciones de transporte que los miembros de la unidad libre de la dependencia de los vehículos de combustibles fósiles, incluyendo vehículos y bicicletas opciones para compartir, y notificar a los miembros de esas oportunidades de vez en cuando en OASIS.

32.3 En un esfuerzo por reducir la congestión y la contaminación y proporcionar servicios eficientes, el Distrito considerará los pasajeros de la ciudad Fuera de la Red de prioridad en cualquier programa de programación alternativa que pueda establecerse.

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