Cómo podemos ayudar?
Estás aquí:
Impresión

Artículo 26 – Los períodos de prueba

26.0 Los períodos de prueba

26.1 Todas las personas asignadas permanentes deberá efectuar un período de prueba de seis el mes. Este período se calculará como seis (6) meses después de la fecha de contratación, y excluye cualquier momento fuera de la licencia, vacaciones, otros tipos de tiempo de apagado (no incluyendo los días festivos legales), o las horas extraordinarias. Otra excepción incluye:
un. Los empleados que se trasladan de una a tiempo parcial a un puesto de tiempo completo dentro de una clasificación estarán sujetos a un período de tres (3) meses período de prueba en el puesto de tiempo completo;
segundo. Los empleados que se trasladan a un nuevo departamento en la misma clase o clase anterior servirán de tres (3) meses período de prueba;

26.1.1 Un empleado que es nombrado para un puesto permanente tendrá su período de prueba reducido por el tiempo servido por ese empleado en la misma clasificación en el mismo departamento, pero todos estos períodos de prueba serán, como mínimo 45 días.

26.1.2 Cuando un empleado es restituido a una posición permanente en una clase anterior en un departamento distinto del departamento en el que se había completado el período de prueba (en la primera clase) el empleado deberá cumplir tres (3) meses el tiempo de gracia.

26.1.3 Un niño de seis (6) Se requerirá meses de libertad condicional después del ascenso a una clasificación más alta.

26.1.4 Cuando cambia la posición de un empleado por transferencia permanente a la misma clase en otro departamento, por transferencia discapacidad, reducción de la fuerza debido a los avances técnicos, la automatización o la instalación de nuevos equipos, el empleado deberá cumplir tres (3) meses de período de prueba.

26.1.5 Cuando un empleado se devuelve como siguiente despido permanente, baja involuntaria o renuncia a una clase o departamento que no sea el de la izquierda, el empleado deberá cumplir tres (3) meses el tiempo de gracia.

26.1.6 Un empleado provisional regular la corriente que recibe un nombramiento permanente en su clase en otro departamento tendrá su período de prueba reducido por el tiempo servido por ese empleado en la misma clasificación, pero todos estos períodos de prueba serán por lo menos tres (3) meses.

26.1.7 Un período de prueba podrá ser ampliado por acuerdo mutuo, escrito, entre la Unión y el Distrito.

26.1.8 Un empleado que se concede una licencia, mientras que en período de prácticas tendrá como período de prueba ampliado por el período de dicha licencia con el fin de completar el período de servicio requerido. licencia por discapacidad se extenderá el período de prueba en todos los casos.

Tabla de contenido