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Artículo 34 – Programa de beneficios de viajero

34.0 Programa de beneficios de viajero

34.1 The District shall make available to bargaining unit members participation in the District’s commuter program.

34.2 El Distrito deberá buscar opciones de transporte que los miembros de la unidad libre de la dependencia de los vehículos de combustibles fósiles, incluyendo vehículos y bicicletas opciones para compartir, and notify members of those opportunities in SFUSD Employee Announcements.

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