Artículo 05 – Beneficios de Compensación y Salud & Prestaciones sociales
5.0 BENEFICIOS DE COMPENSACIÓN Y SALUD & PRESTACIONES SOCIALES
La escala salarial tarifas horarias en efecto a partir de junio 30, 2016 2017 se ajustará durante la vigencia de este acuerdo de la siguiente manera:
- 2017-2018 - El cinco por ciento (5%) aumentar a partir de julio 1, 2017,
- 2018-2019 - Cuatro (4%) aumentar a partir de julio 1, 2018Si el total de los ingresos del fondo general sin restricciones, previsto en el segundo informe 2018-2019 Presupuesto y proyecciones multianuales provisionales exceder de los ingresos proyectados como se indica en las proyecciones del presupuesto 2018-2019 y plurianuales adoptados, las partes deberán reunirse y consultar para ajustar el acuerdo 2019-2020 salario si ambas partes están de acuerdo en que hay suficientes fondos disponibles. Cualquiera de dichos ajustes serán prospectivo only.if las partes se involucran en lo anterior se encuentran y proceso confieren, cualquiera de las partes podrá reabrir el contrato en dos artículos no económicos para el año escolar 2019-2020.
- 2019-2020 - El tres por ciento (3%) aumentar a partir de julio 1, 2019
5.0.1 Pago global
Sobre la ratificación por ambas partes, cada miembro de la unidad de negociación SEIU recibirá un pago único de una sola vez de quinientos dólares ($500).
5.0.2 Ajuste de escala de sueldos
5.0.2.1 partir de julio de 1, 2017, Clase 7450 será ajustada a la escala salarial equivalente a un grado por encima de la programación para la clase 1930, De $25.0125 (paso 1) a $30.2611 (paso 5).
5.0.2.2 partir de julio de 1, 2017, Clase 2585 será ajustada a la escala salarial equivalente a un grado por debajo de la programación para la clase 2586, De $22.5540 (paso 1) a $27.2741 (paso 5).
5.0.2.3 Antes de julio 1, 2018, clase que no tenía los titulares de los contratos anteriores y quedaron fuera de ajustes de horario sueldo será corregido para incluir esos ajustes.
5.0.2.4 Establecer un comité formado por representantes de SEIU y el Distrito para examinar el siguiente:
- las asignaciones de personal basado en el número de comidas servidas
- salarios comparables para trabajos similares de un acuerdo para la lista de patrones similares.
El comité recomendará cambios, Si alguna, la presente programación salarial para 2615 y 2616 trabajadores del SNS a theSuperintendent / designado y el Presidente de SEIU / designado.
5.1 La longevidad de primera calidad
miembros de la unidad elegibles recibirán una 30 centavos de dólar por hora prima para la longevidad de pago. La elegibilidad para dicho pago por longevidad serán aquellos miembros de la unidad con:
5.1.1 Diez (10) o más, pero menos de quince (15) años consecutivos de experiencia en el Distrito, o cualquier combinación de diez o más pero menos de quince (15) años de servicio en el Distrito y cualquier otra clasificación incluidos en el Sistema de Administración Pública de San Francisco.
5.1.2 partir de julio de 1, 2017, miembros de la unidad elegibles recibirán una 60 centavos de dólar por hora prima para la longevidad de pago. La elegibilidad para esta tasa de pago por longevidad se hará a aquellos miembros de la unidad con:
5.1.2.1 Quince (15) o más años consecutivos de servicio en el Distrito, o cualquier combinación de los quince (15) años de servicio en el Distrito y cualquier otra clasificación incluidos en el Sistema de Administración Pública de San Francisco. Esta disposición se aplicará de forma prospectiva a partir de julio 1, 2018.
5.1.3 Prospectivamente a partir de julio 1, 2018 los empleados con una asignación actual del Distrito de menos de cuatro (4) horas por día tendrán derecho a secciones 5.1.1 y 5.1.2.
5.2 Contribución de jubilación
5.2.1 Eficaz 7/1/2011, empleados representados de acuerdo en pagar su propia contribución de jubilación de los empleados en una cantidad igual a siete y medio por ciento (7.5%) de cubierta salario bruto de acuerdo con la Constitución de la Ciudad. Para los empleados que se convirtieron en miembros de SFERS antes de noviembre 2, 1976 (Plan de Carta Sección A8.509 Varios), el miembro de la unidad deberá también recoger la mitad restante (0.5%) del total ocho por ciento (8%) contribución de jubilación de los empleados a SFERS.
5.2.2 A cambio de la miembro de la unidad de recogida de la 7.5% contribución de jubilación de los empleados, el Distrito se compromete a una 6.12% ajuste de la escala de sueldos para los miembros de la unidad que también son miembros del Sistema de Retiro. Para miembros de la unidad que se incorporaron a SFERS antes de noviembre 2, 1976 y tienen una contribución de los empleados de 8% el Distrito se compromete a un ajuste de la escala de sueldos de 6.62%, excepto que aquellos miembros que hayan optado por una contribución reducida solamente recibirán un ajuste en una cantidad igual a su contribución por ciento.
5.2.3 Estas contribuciones de los miembros se efectuarán sobre una base antes de impuestos de conformidad con el Código de Impuestos Internos y la normativa de desarrollo.
5.2.4 Si un miembro de la unidad se convierte en elegible para la membresía en el sistema de jubilación durante la vigencia de este acuerdo, él o ella se trasladó a la escala salarial que se ha ajustado para reflejar el miembro de la unidad de recogida de 7.5% contribución de jubilación de los empleados, retroactivamente a la fecha de entrada en el sistema de jubilación.
5.2.5 A la ley del Estado de medida autorizada, cambios en las reglas de la Junta de Retiro de la ciudad en cuanto a la acreditación de licencia por enfermedad acumulados para fines de jubilación se incorpora a la presente por referencia.
5.2.6 Jubilación anticipada
Si es elegible, el Distrito deberá participar en cualquier programa de jubilación aplicable si el programa es implementado en la Ciudad y Condado de San Francisco conformidad con la Sección Carta A8.401-7.
5.3 Beneficios de la salud
A partir de enero 1, 2014, el Distrito deberá aumentar su contribución al cuidado de la salud depende de una cantidad igual a la establecida HSS 75% Fórmula / cálculo de la cobertura más baja plan de salud disponible a través de HSS en el nivel del tipo de familia.
5.3.1 Cobertura de seguro médico
cada mes de enero 1, empleados regulares provisionales / temporales de trabajo de veinte (20) o más, pero menos de treinta (30) horas por semana, o empleados que han trabajado de forma intermitente, en promedio, veinte de las necesidades (20) o más, pero menos de treinta (30) horas a la semana dentro de un período de doce (12) período de un mes, medido del 1 de julio al 30 de junio, son elegibles para beneficios médicos (salud, visión, dental) a través del Sistema de Servicios de Salud. Adicionalmente, cada 1 de enero de, programadas regularmente empleados provisionales / temporales de trabajo por lo menos treinta (30) horas a la semana con un niño de doce (12) período de un mes, medido del 1 de julio al 30 de junio, son elegibles para los empleados, y si los beneficios médicos dependientes aplicables (salud, visión, dental). La elegibilidad se determina en base año a año para los empleados que califiquen.
5.3.1.1 Cada empleado elegible seleccionará un plan de salud de los ofrecidos actualmente a los empleados municipales, a menos que el empleado desea estar exentos de cobertura. Los planes de salud que se ofrecen actualmente son:
Salud de la ciudad
Kaiser Permanente
Escudo azul
5.3.1.2 miembros de la unidad exentos permanentes que trabajan menos de cuatro (4) horas por día / veinte (20) horas por semana, tendrá derecho a una de las siguientes opciones de seguro médico, según lo determinado por el Distrito.
- Una contribución de prima igual al Distrito 75% de la prima de Kaiser-empleado sólo para aquellos que se inscriban en un plan de seguro médico de HSS y que están de acuerdo para pagar el restante 25% de la prima, o
- La cobertura bajo una opción ofrecida por la Ciudad como resultado de una Ordenanza que puede promulgar requerir a las agencias que reciben fondos de la Ciudad para proporcionar a los empleados ya sea con algún tipo de cobertura médica o de participar en una de las opciones de cobertura contenida en dicha Ordenanza.
5.3.1.3 El Distrito proporcionará 100% Sólo la cobertura de Kaiser premium empleado por los trabajadores exentos permanentes en el Programa de Nutrición del Estudiante.
5.3.1.4 Para el 2017-2018, 2018-2019, 2019-2020 años escolares, el Distrito se compromete a seguir pagando el aumento de los costos de la parte del empleador de los beneficios médicos, según la definición del Sistema de Servicio de Salud todos los años a través de un proceso conocido como el 10 promedio del condado.
5.3.1.5 Distrito Beneficios Complementarios Contribución
El Distrito deberá contribuir $ 30.09 / período de pago para la cobertura sola parte para los empleados inscritos en el plan más caro.
5.4 Dental
Programa Delta Dental Care #652 está disponible para los empleados del distrito escolar que tienen una clasificación de servicio civil y reúnen los requisitos para la cobertura del seguro de salud.
El Distrito deberá proporcionar cobertura dental general en la cantidad de $2,000 para aquellos que seleccionar la opción preferida dentista de Delta Dental. Los que no seleccione la opción preferida dentista Delta Dental continuará recibiendo $1,500 en la cobertura.
5.4.1 Delta cobertura de ortodoncia
El Distrito proporcionará a la ortodoncia $750 curso de la vida para cada miembro de la unidad de negociación y los dependientes cubiertos tan pronto como sea administrativamente disponibles.
5.4.2 Los detalles de los beneficios y las tasas de contribución de cada plan están disponibles en la oficina del Sistema de Servicios de Salud o en nuestra oficina Beneficios del SFUSD.
5.4.3 Dental para Retirados
Sobre el retiro del Distrito se extenderá a los empleados jubilados la opción de comprar cobertura dental a la tasa de COBRA grupo para un máximo de dieciocho (18) meses. Esta cobertura será una continuación de la cobertura activa de los empleados y es la misma cobertura proporcionada a los empleados actuales.
5.5 Cobertura de seguro adicional
5.5.1 Cobertura discapacidad a largo plazo
El Distrito deberá proporcionar a todos los trabajadores fijos con un plan de protección de ingresos totalmente pagada, que deberá ser integrado con licencia por enfermedad u otras disposiciones de licencia, a opción del empleado.
5.5.2 La vida de grupo y por muerte accidental y desmembramiento
El Distrito deberá proporcionar a los miembros permanentes de la unidad de un grupo totalmente pagadas Vida y accidental Política desmembramiento proporcionar una $25,000 la cobertura de seguro de término nivel hasta la jubilación o separación del empleo, tiene más $25,000 beneficio por muerte accidental.
5.5.2.1 Cuidado de la familia sobre la muerte del Empleado
En conjunción con la Ciudad y las reglas de elegibilidad del Servicio de Salud del Condado de Sistemas, el Distrito se pondrá en contacto y proporcionar al lado de los familiares con información de continuación de beneficios.
5.5.2.1.1 Los sobrevivientes de los empleados fallecidos contratados antes de enero 8, 2009 disfrutará de las prestaciones supervivencia equivalente a los beneficios de salud para jubilados vida en espera de la aprobación final del Sistema de Servicios de Salud.
5.5.2.1.2 Los sobrevivientes de los empleados fallecidos contratados después de enero 9, 2009 no son elegibles para beneficios de sobrevivientes por las reglas de elegibilidad del Sistema de Servicios de Salud. sin embargo, son elegibles para los beneficios de COBRA para un máximo de dieciocho (18) meses después de la pérdida de la cobertura activa de los empleados, y será contactado por el equipo de beneficios del Distrito con respecto a este proceso.
5.5.3 Servicio continuo y rebajes (Empleados temporales)
5.5.3.1 El invierno, primavera, y el otoño (Acción de gracias) recesos no representarán una rotura en servicio continuo para los empleados temporales para los efectos de acceder a los beneficios de este artículo.
5.5.4 Compensación del Trabajador
5.5.4.1 beneficios de compensación del trabajador se integrarán con licencia por enfermedad u otras disposiciones de licencia a opción del empleado. Dichos beneficios no excederán 100% del salario normal del trabajador. No habrá sustitución acelerada de los beneficios de licencia por enfermedad que pueden haber sido utilizados para este propósito.
5.5.4.2 Siempre que sea posible el Distrito ofrecerá la luz o la asignación de tareas modificados.
5.5.5 A cargo del distrito beneficios complementarios, mientras que en licencia sin sueldo
El Distrito pagará cualquiera y todas las contribuciones del empleador para la salud de los empleados y los beneficios dentales para los empleados que están de vacaciones pagadas o protegido.
en adición, El distrito continuará el pago de todas las contribuciones del empleador para la salud de los empleados y los beneficios dentales para un empleado en una lista de régimen libre durante el periodo de tiempo que el empleado verifica que el empleado no tiene cobertura de salud alternativa. El proceso de verificación será establecida por el Departamento de Humana
Los recursos y la Unión.
Cuando está protegido y pagado hojas expiran, y 12 Han pasado semanas adicionales, el Distrito cesará el pago de estas contribuciones del empleador. Las hojas protegidas se definen como licencia por enfermedad aprobado, licencia por compensación de trabajadores, licencia para el cuidado de la familia, o permiso administrativo obligatorio. Tras la expiración del permiso para el cuidado de la familia del empleado, el empleado puede solicitar permiso personal debido a las dificultades (de conformidad con los procedimientos del Departamento de Recursos Humanos).
5.5.6 Incapacidad del Estado
5.5.6.1 Los empleados con Discapacidad del Estado pueden elegir que sus beneficios de licencia por enfermedad integrados con su pago por incapacidad, informando a las hojas y separaciones en el departamento de Recursos Humanos.
5.5.6.1.1 Dicha disposición se promulgó cada semestre en OASIS y publicada en los tablones de información de empleo en cada lugar de trabajo.
5.6 Programa de Asistencia al Empleado (EAP)
5.6.1 Drogas y / o Alcohol Dependence - A través del Programa de Asistencia al Empleado (EAP) Los empleados pueden recibir información, tratamiento breve, y la remisión de la dependencia química y otros problemas personales que pueden afectar al trabajo o la vida de los individuos privados.
5.6.2 Se permitirán los empleados con problemas de dependencia química a utilizar la licencia por enfermedad (con o sin paga), vacaciones, o tiempo compensatorio y acceder a la PEA y otros servicios de tratamiento. Si el tratamiento de conflictos requisitos de servicio con la capacidad del empleado para llevar a cabo sus tareas asignadas, y por lo tanto deben estar fuera del trabajo durante un período prolongado de tiempo, el servicio de los empleados y el tratamiento debe, al regreso del empleado trabaje proveer al distrito con la verificación de que el empleado ha completado con éxito el programa según las indicaciones.
5.7 Pago Premium y Compensación Adicional
Además de la provisión de 5.0, las siguientes primas de pago y tasas de compensación adicionales disposiciones estarán en vigor durante la vigencia de este Acuerdo.
5.7.1 Bilingüe pagar una prima
Cada año fiscal, el Superintendente, o la persona designada, designará posiciones del Distrito que son elegibles para el pago premium bilingüe. Posiciones que requieren la traducción o interpretación o de una lengua extranjera incluyendo el lenguaje de signos para sordos y en Braille para los invidentes serán designados elegibles para el pago premium bilingüe.
Los empleados que satisfacen los criterios de habilidades premium recibirán una $75 prima por período de pago.
5.7.1.1 Para calificar para la designación de recibir la prima bilingüe, una posición debe ser necesaria para proporcionar servicios no están en inglés, incluyendo Braille y el lenguaje de signos, por lo menos el veinticinco por ciento (25%) de una asignación de trabajo regular.
5.7.1.2 Si un empleado es contratado en una posición que está designada bilingüe, o para los que se enumeran los requisitos de idioma no ingleses en el puesto de trabajo, ese empleado se presumirá calificado para esta prima a menos que se haya completado un análisis contradiciendo.
5.7.2 Fuera de la clase de pago
5.7.2.1 Un miembro de la unidad dirigida / aprobado por su Director de Programa para llevar a cabo una parte sustancial de las obligaciones y responsabilidades de una clase superior a cinco (5) días consecutivos dentro de un veinte (20) período de días recibirá 5% por encima de su / su tasa de pago regular, retroactivo al primer día de la asignación actuando.
5.7.2.2 Fuera de pagar a la clase y asignación de tareas fuera de clase normalmente se suspendió después de período de seis meses, excepto en circunstancias extraordinarias relacionadas con la salud y la, seguridad de los estudiantes o empleados como fue aprobado por el Oficial Jefe Administrativo. Todas las misiones de más de seis meses deberán requerir una determinación por parte del Jefe de Recursos Humanos en cuanto a si la posición se reclasificó.
5.7.2.3 Reclasificación y selección de posiciones reclasificadas están sujetos a las normas de la administración pública. Si una posición no se reclasifica, No se requiere que el empleado para realizar tareas fuera de clase.
5.7.2.4 El Distrito no debe reasignar deliberadamente funciones durante los cinco (5) período de días consecutivos simplemente para evitar la 5% pago adicional.
5.7.2.5 El Distrito no girará tareas de supervisión con el fin de evitar fuera de la clase de compensación.
5.7.2.6 Si un empleado trabaja fuera de clase realiza horas extraordinarias, la prima de clase se aplicará a esas horas, así.
5.7.3 Turno de noche
El diferencial de turno de noche será 8%. Para ser elegible para la prima turno de noche, empleado debe trabajar por lo menos una (1) hora de sus horas de cambio entre 5 p.m. a 7 a.m.; aquellos empleados que participan voluntariamente en un programa de horario flexible autorizado deberá estar exento de dicha prima turno de noche.
5.7.4 Ajuste diferencial de Supervisión
El funcionario nominador / designado queda autorizado para ajustar la compensación de un empleado supervisor quien
calendario de compensación se establece en el presente documento sujeto a las siguientes condiciones:
5.7.4.1 El supervisor, como parte de las responsabilidades regulares de su supervisor, dirige, es responsable de y es responsable a cargo de la obra de un subordinado o subordinados.
5.7.4.2 La organización es una permanente aprobado por el funcionario nominador / designado en su caso, y es un asunto de interés sobre la base de revisión e investigación por la Comisión de Administración Pública.
5.7.4.3 La clasificación de tanto el supervisor y el subordinado son apropiadas para la organización y tener una normalidad, relación lógica entre sí en términos de sus respectivas funciones y niveles de responsabilidad y rendición de cuentas en la organización.
5.7.4.4 El programa de compensación del supervisor es menos de un paso completo (aproximadamente 5%) durante el programa de compensación, exclusiva de la paga extra, del empleado supervisado. En la determinación de la programación de la compensación de una clasificación que se paga una tarifa plana, la tarifa plana se convertirá a una tasa de dos veces por semana y el calendario de la compensación de la etapa superior de la cual está más cerca de la tarifa plana así convertido se considerará que ser el programa de compensación de la clasificación tarifa plana.
5.7.4.5 El ajuste de la escala de retribución del supervisor será a la escala de retribución que representa más cercana, pero inferior o igual, un paso completo (aproximadamente 5%) durante el programa de compensación, exclusiva de la paga extra, del empleado supervisado.
5.7.4.6 La decisión del oficial de nombramiento / Designado en cuanto a si el programa de compensación del empleado de supervisión se ajustará de acuerdo con esta sección será definitiva.
5.7.4.7 ajustes de compensación son eficaces retroactiva al inicio del año fiscal en curso a la fecha en el año fiscal en curso sobre el cual el empleado se convirtió en elegible para dicho ajuste bajo estas disposiciones.
5.7.4.8 En ningún caso, el nombramiento oficial / Designado aprobar un ajuste salarial de supervisión de más de 2 pasos completos (aproximadamente 10%) sobre la compensación básica actual del supervisor. Si en el siguiente año fiscal un sueldo en el patrimonio sigue existiendo, El nombramiento oficial / Designado puede volver a revisar las circunstancias y podrá conceder un ajuste salarial adicional que no exceda 2 pasos completos (aproximadamente 10%).
5.7.4.9 Un empleado será elegible para ajustar el diferencial de supervisión sólo si realmente supervisa el contenido técnico de trabajo subordinado y posee la educación y / o experiencia adecuada para la asignación técnica.
5.7.5 En espera de pago
5.7.5.1 Los empleados que, como parte de los deberes de sus posiciones están obligados por el oficial de nombramiento a reposo cuando normalmente fuera de servicio para estar inmediatamente disponible en la llamada para el servicio de emergencia inmediata para el ejercicio de sus funciones regulares, se pagará 25 por ciento de su salario de tiempo regular de pago por el período del servicio de espera, excepto que los empleados se pagarán diez (10) por ciento de su salario de tiempo regular de pago por el período de servicio en modo de espera cuando está equipado por su departamento con un servicio de buscapersonas electrónico o teléfono celular. Cuando estos empleados están llamados a desempeñar sus funciones regulares en caso de emergencia durante el período de espera de dicho servicio, que serán pagados en el ejercicio de tales servicios de emergencia la tasa normal de pago por dicho servicio, incluidas las horas extraordinarias si se aplica. No obstante lo dispuesto en el presente apartado, paga en espera no se permitirá en las clases que deberes son principalmente de naturaleza administrativa.
5.7.5.2 La disposición de esta Sección autoriza pago de espera no se aplican a la clasificación designada por un símbolo “Z” y que serían elegibles para su designación como ejecutivo en virtud de las disposiciones de ensayo deberes de la Ley de Normas Razonables de Trabajo Federal. Previsto, sin embargo de que si dicha compensación se solicita de manera expresa y aprobado de acuerdo con los procedimientos descritos en esta sección como se establece a continuación empleados en las categorías de clasificación que se hace referencia en la presente subsección serán elegibles para la compensación de espera.
5.7.6 Devolución de llamada / de pago remanente
miembros de la unidad llamados a trabajar en un día libre o llamados de nuevo en su lugar de trabajo(s) tras la finalización de su jornada de trabajo y la salida de su lugar de trabajo se concederá un mínimo de cuatro (4) horas de compensación a la tasa aplicable o deberán ser compensados por todas las horas efectivamente trabajadas a la tasa aplicable, lo que sea mayor. La sección no se aplicará a los empleados que han sido llamados de nuevo a deber cuando en un stand-by, conforme a la sección 5.5.5 del Convenio Colectivo. día de trabajo del empleado no se ajustará para evitar el pago de este mínimo. Los empleados de tiempo completo que se llevan a cabo a trabajar después de haber trabajado su turno programado regularmente se compensarán a las horas extraordinarias por sección 5.5.9 del Convenio Colectivo.
5.7.7 Conducir Persona de pago
5.7.7.1 Los empleados designados por su supervisor como trabajadores de plomo tendrán derecho a un dólar diez ($10.00)
por prima día sólo en situaciones que implican:
5.7.7.1.1 Regularmente asignado para planificar, diseño, bosquejo, detalle diseño, y estimar o pedido y cuando dichos materiales de trabajo está fuera de la descripción del trabajo regular y deberes de la clase.
5.7.7.1.2 Cuando se le asigna al equipo de mantenimiento y sólo cuando el supervisor recomienda que dicha cesión se encuentra con la descripción en la sección 5.7.7.1.1 encima.
5.7.8 Log Cabin Escuela Diferencial
Un miembro de la unidad asignada a trabajar en la Escuela cabaña de madera en La Honda tendrá derecho a un siete y medio por ciento (7.5%) diferencia salarial.
5.7.9 A través del tiempo
Las horas extraordinarias se define como servicio autorizado por el Superintendente o su designado más de ocho horas en cualquier día, o en exceso de cuarenta horas en cualquier semana. servicio de horas extraordinarias será pagado en efectivo a menos que el empleado y el gerente de supervisión acuerden mutuamente tiempo compensatorio antes de los trabajos realizados. Si paga en efectivo, será que en una y media veces la tasa de pago por hora de base. el tiempo compensatorio se obtuvo en uno y medio (1 1/2) veces el período de tiempo extra que se trabaja. Sobre una base mensual el Distrito proveerá a SEIU Local 1021 una lista completa de los nombres de los miembros de la unidad que se pagaron las horas extras para el mes en cuestión.
5.7.10 Kilometraje
5.7.10.1 Un miembro de la unidad de clasificación cuyo trabajo se asigna a múltiples sitios del distrito o que se requiere y dirigido a usar su / su vehículo privado en el desempeño de las funciones del Distrito, y que presente los formularios de reclamación apropiados, se reembolsará a la tasa prevaleciente del IRS.
5.7.10.2 El reembolso no se aplicará en situaciones en las que un miembro de la unidad elige a trabajar en varias posiciones en múltiples sitios en un número de posición que no está asignado a múltiples sitios. Esta limitación no se aplicará, sin embargo, al miembro de la unidad que está recibiendo el reembolso bajo estas circunstancias a la fecha de ratificación de este Convenio 2010-2013.
5.7.11 Comité de Tecnología de las Comunicaciones
Dentro 60 días de ratificación, el Distrito y la Unión se reunirán un comité para examinar la necesidad de la comunicación móvil con los miembros de la unidad de negociación. Con base en los resultados de dicho examen el Comité evaluará las opciones para el suministro de equipos de comunicaciones o el reembolso proporcional correspondiente y el establecimiento de protocolos de trabajo para el uso de dispositivos de comunicaciones personales.
5.7.11.1 Cada esfuerzo será hecho por las partes para completar el trabajo de la comisión antes de junio 30, 2018. 5.7.11.2 En la terminación, las políticas generadas por el comité serán incorporados a este acuerdo.
5.8 Corrección de errores de nómina
5.8.1 En el caso de un error de nómina que representa 50% o más de sueldo neto de un empleado, un cheque corregido será emitido por el Distrito dentro de 1 a 3 días de trabajo siempre: el error es traído a la atención del Departamento de Nómina dentro de los tres (3) días del día de pago cuando se produjo el error; y también siempre que el Departamento de Nómina recibe la documentación para la corrección en el tiempo aproximado que se reciba la notificación del error.
5.8.2 Si el importe de la nómina de error representa 25% a 49% del sueldo neto del empleado, el nuevo cheque será emitido dentro de 5 días de trabajo y toda otra disposición de la Sección 5.6.1 se aplicarán.
5.8.3 Si el importe de la nómina de error es menor que 25% de verificación neta de pago del empleado; la corrección se hará en la próxima nómina normal.
5.9 Política de pago
5.9.1 Sistema de nómina electrónica - Todos los miembros de la unidad de negociación se pagarán exclusivamente por medios electrónicos
de acuerdo con los siguientes términos:
5.9.2 Miembros de la unidad negociadora deberán pagarse mediante depósito directo a sus cuentas existentes.
5.9.3 Miembros de la unidad negociadora no ya recibir paga de esta manera pueden proporcionar la información necesaria al Departamento de nómina para efectos de la aplicación de pago por depósito directo.
5.9.4 Miembros de unidad de negociación que optar por no recibir los pagos de salario mediante depósito directo se pagará a través de medios electrónicos alternativos (como una "tarjeta de pago"). Miembros de la unidad está autorizados a hacer al menos un retiro gratuito de la institución financiera designada cada tiempo que el distrito realiza un depósito a la tarjeta de pago. Se proporcionará una lista de destinatarios de tarjeta de pago al sindicato dentro de treinta (30) días de la aplicación de este programa.
5.9.5 Todas las órdenes de pago electrónicas deberán ser accesibles a través de nombre de usuario de Distrito del miembro de la unidad y la contraseña a través de un sitio web seguro proporcionado por el Distrito.
5.9.5.1 Todos los miembros de la unidad de negociación tendrán acceso a un ordenador y una impresora Distrito de las horas de trabajo en cuestión de horas normales de trabajo en el lugar de trabajo o lugares alternativos del Distrito con el propósito de verificar los depósitos de sueldos, visualización detallada de declaraciones de salarios ("pay stub") e impresión copias de duro.
5.10 El almuerzo libre de impuestos
Un miembro de la unidad asignada a trabajar seis (6) o más horas por día, tendrán derecho a no menos de treinta (30) período de almuerzo libre de impuestos minutos sin pago; dicho periodo será programada por el empleado, sujeto a la aprobación del supervisor inmediato. En caso de que la necesidad de eficiencia Distrito causar el período de almuerzo a ser cancelada, el Distrito deberá hacer un esfuerzo razonable para reprogramar dentro de arranque normal del miembro de la unidad y la hora de finalización del servicio. En cualquier evento, un miembro de la unidad será pagado por todas las horas efectivamente trabajadas.