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Artículo 06 – Posiciones temporales

6.0 puestos temporales

6.1 The District and the Union agree to review temporary positions to determine if such positions may be made permanent in nature. El Distrito se compromete a facilitar la transición de los empleados temporales para puestos permanentes.

6.2 El Distrito hará todo lo posible para desarrollar, actualizar, y administrar exámenes en todas las clasificaciones cubierto. El Distrito y la Unión están de acuerdo en dar prioridad a este trabajo para facilitar la contratación en las clasificaciones que tienen el mayor número de trabajadores temporales.

6.3 BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS NO PERMANENTES

6.3.1 Los empleados asignados menos de 20 horas por semana

Los empleados temporales asignados regularmente a menos de 20 horas por semana no tendrán derecho a las contribuciones de beneficios del Distrito.

6.3.2 Los empleados que trabajan entre 20 y 30 horas por semana

Cada 1 de enero de, empleados regulares provisionales / temporales de trabajo de veinte (20) o más, pero menos de treinta (30) horas por semana, o como empleados necesarios que han trabajado de forma intermitente en promedio veinte (20) o más, pero menos de treinta (30) horas a la semana dentro de un período de doce (12) período de un mes mide desde el 1 de julio a junio 30 del año anterior sólo son elegibles para beneficios médicos de los empleados (salud, visión, dental) a través del Sistema de Servicios de Salud

6.3.3 Los empleados que trabajan 30 o más horas por semana

Adicionalmente, cada 1 de enero de, programadas regularmente empleados provisionales / temporales de trabajo por lo menos treinta (30) horas a la semana, o como empleados necesarios que han trabajado de forma intermitente, en promedio, durante treinta (30) o más horas por semana dentro de los doce (12) período de un mes mide desde el 1 de julio a junio 30 del año anterior son elegibles para los empleados y, si es aplicable, beneficios médicos dependientes (salud, visión, dental). La elegibilidad se determina sobre una base año a año para los empleados que califiquen.

6.3.4 Los empleados temporales asignados regularmente a por lo menos el veinte (20), pero menos de cuarenta (40) horas por semana recibirán contribuciones Distrito prorrateado de las primas, pago de vacaciones, paga de vacaciones, pago por enfermedad, y la cobertura de jubilación disponibles ciudad. Si es aceptable para el portador, dijo que los empleados a tiempo parcial pueden adquirir vida y / o seguro de incapacidad a largo plazo a través del Distrito a cargo del empleado.

6.3.5 En las siguientes secciones (6.3.4 6 a través de e incluyendo 6.3.6.4) será de aplicación futura de julio 1, 2016.

6.3.6 Adelanto de Pago Paso para los empleados temporales y provisionales

Los empleados temporales que están programados regularmente para trabajar tendrán derecho de avanzar a la siguiente etapa de pago de dicha clasificación como sigue:

6.3.6.1 Si se emplea inicialmente en la clasificación en la etapa 1, el empleado deberá calificar para avanzar al paso 2 después de las seis (6) meses de servicio y para tener éxito paso posteriormente cada año en la fecha de movimiento al paso 2.

6.3.6.2 Si se emplea inicialmente en la clasificación en la etapa 2 o mas alto, el empleado deberá calificar para avanzar a pasos sucesivos posteriormente cada año, el día del empleado de coches en la clasificación.

6.3.6.3 los empleados temporales de las necesidades que han trabajado 1040 horas dentro de período de dos años en su clasificación tendrán derecho de avanzar a la siguiente etapa de pago de dicha clasificación en la hora 1041a, y posteriormente cada año.

6.3.6.4 Aquellos empleados actualmente empleados que fueron designados por encima de paso 1, trabajando por lo menos 6 horas al día, que aún no han alcanzado 1040 horas se avanzaron a la siguiente etapa en su 1041a , y posteriormente cada año.

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