Artículo 15 – Sustitutos y empleados según sea necesario
15.0 SUSTITUTOS Y EMPLEADOS, según sea necesario
15.1 El Distrito mantendrá una corriente “según sea necesario” lista de empleados con el fin de proporcionar una lista de sustitutos de los ausentes
empleados administrativos y de custodia. Estos “según sea necesario” empleados serían adicionales a los empleados permanentes que trabajan actualmente como sustitutos. El presupuesto del Distrito $100,000 un año con el propósito expreso de utilizar estos fondos para mantener una lista de sustitutos en las divisiones administrativas y de custodia. Estos empleado no debe ser utilizado para llenar las vacantes permanentes o vacantes a largo plazo sin reemplazos que se añade a dicha piscina.
15.2 Al asignar los sustitutos anteriores, se dará prioridad a las escuelas primarias a las que se les ha asignado un solo empleado y un administrador.