Cómo podemos ayudar?
Estás aquí:
Impresión

Artículo 09 – Derechos sindicales

NOTA: ESTE ARTÍCULO se revisó significativas debido a la DECISIÓN _JANUS_ Y _SB 822 (2018)_. Contacte con un delegado antes, apoyándose en el texto de este artículo.

9.0 DERECHOS SINDICALES

9.1 Tabla de anuncios

La Unión tendrá derecho a enviar noticias de las actividades y los asuntos de negocios de la Unión en el espacio tablón de anuncios del empleado proporcionados en cada edificio escolar, o el centro, en las zonas frecuentadas por los empleados.

9.2 correo distrito

La Unión podrá recurrir a los servicios de correo y buzones de los empleados del distrito para las comunicaciones a los empleados estar sujetas a regulaciones, las disposiciones de los manuales de políticas y del Código de Educación del Distrito, y las resoluciones emitidas por PERB o tribunales competentes.

9.3 Acceso

Tras la notificación oportuna a las relaciones laborales, un representante de la Unión se permite el contacto razonable con los trabajadores por motivos y las instalaciones del Distrito. Dicho contacto no deberá interferir con el trabajo de los empleados.

9.3.1 En el cumplimiento de su función como agente negociador exclusivo, la Unión dispondrá de un acceso razonable al edificio del Distrito, propiedad o alquilado, que son utilizados regularmente por los miembros de la unidad de negociación en el ejercicio de las funciones del Distrito. Esta disposición no se aplicará a las propiedades del Distrito que se alquilan en su totalidad para fines comerciales.

9.4 Copia de OASIS

La Unión estará provisto de una copia puntual de cada aviso OASIS.

9.4.1 Acceso a Internet

SEIU local 1021 miembros de la unidad deberán estar provistos de una cuenta de correo electrónico del Distrito y una contraseña y se les concederá acceso a un ordenador de trabajo del Distrito para uso permitido por el Distrito de Uso Aceptable de Tecnología y Política de Seguridad, para ver el correo electrónico y las comunicaciones oficiales del Distrito del Distrito.

9.5 Copia de todas las circulares oficiales

Todas las circulares oficiales del distrito que se ocupan de las condiciones de trabajo de la unidad de negociación cubiertas por el Acuerdo serán fijadas en cada escuela o el trabajo situado en el distrito de manera oportuna después de la emisión, con una copia enviada a la Unión.

9.6 Orden del Día y Actas

El Distrito deberá hacer el agenda y las actas de cada reunión, incluyendo materiales de apoyo públicos y no confidenciales, de la Junta de Educación a disposición de la Unión, aproximadamente al mismo tiempo que se ponen a disposición de los miembros de la Junta.

9.7 Publicación de las vacantes

Todas [reclutamientos de distrito para las posiciones en las clases de SEIU](https://seiu-sfusd.org/classified-recruitments/) será publicado en la página web del Distrito y publicado en el OASIS, una copia del cual se ha escrito en el personal de la escuela / sala de estar. El OASIS también incluirá todos los anuncios de exámenes CSC para el Distrito sólo clasificaciones.

9.7.1 empleados calificados debe ser justamente considerados para las posiciones de acuerdo con Reglas del Servicio Civil. los años de servicio dará un peso razonable y no puede ser ignorada por los tomadores de decisiones.

9.7.2 Las partes reconocen que el Departamento de Recursos Humanos de San Francisco es la agencia encargada de oficial anuncios examen de servicio civil y tales anuncios son disponible en internet y teléfono de línea caliente.

9.8 Delegados Sindicales

La Unión facilitará el Departamento de Relaciones de Trabajo con una lista exacta de delegados y designado oficiales de la Unión en las zonas designadas por la Unión el 1 de julio de cada año. La Unión podrá presentar una enmienda a la lista en cualquier momento. están facultadas únicos empleados en esta lista para actuar como delegados.

9.8.1 delegados y funcionarios designados de la Unión se concederán tiempo de liberación razonable para investigar y procesar las quejas, apelaciones disciplinarias y asistir a reuniones con la dirección del Distrito sin pérdida de salario o beneficios. Los delegados sindicales notificarán Relaciones de Trabajo antes de la liberación de Negocios Unión. Dicha notificación de tiempo de liberación normalmente se efectuará con antelación a la fecha de la reunión e incluirá el área o lugar de trabajo donde se van a investigar o procesar las quejas, apelaciones disciplinarias o reuniones con la dirección del Distrito.

9.8.2 En situaciones de emergencia, donde la acción disciplinaria inmediata debe ser tomada a causa de una violación de la política de la ley o la junta, un delegado sindical ningún caso deberá ser negado el derecho a abandonar su puesto o el deber de representar al empleado.

9.8.3 Excepto en situaciones de emergencia, una investigación, disciplina o de quejas reunión se programará nuevamente tiempo de liberación si un delegado se le niega.

9.8.4 Un delegado sindical puede entrevistar a un empleado durante el trabajo regular del empleado con el fin de investigar o procesar una queja o apelación disciplinaria con la aprobación del supervisor del empleado, que no será irrazonablemente con el retenido.

9.8.5 Los delegados sindicales serán responsables de la realización de su carga de trabajo, consistente con tiempo de liberación autorizada con arreglo a las normas establecidas en el presente documento.

9.9 Tiempo para liberar Unión Oficial(s)

Un oficial de la Unión designado(s) se liberará de derechos de Distrito a petición de la Unión. Tales hojas comenzarán normalmente al comienzo del semestre para los empleados de la escuela o del 1r plazo de julio para los empleados durante todo el año. Los miembros serán acreditados con el tiempo de servicio para el incremento del sueldo y efectos de las prestaciones. La Unión reembolsará el Distrito para el paquete económico total del agente liberado(s) no más tarde del 30 de junio del año se concede el permiso.

9.9.1 El Distrito otorgará las solicitudes razonables de hojas de corto plazo para el dueño de Union, aparte de la negociación, proporcionar una solicitud por escrito es presentada por la Unión por lo menos dos (2) días de antelación, si es factible y se establece que los sustitutos adecuados están disponibles, si es necesario. La Unión reembolsará el Distrito para el paquete económico total del miembro de liberados sindicales.

9.10 Lista de transacciones Empleo

El Distrito deberá enviar al presidente de la Unión o designado una lista electrónica de transacción empleado cada vez que estas listas se generan para las agendas de mesa.

9.11 Designó representantes de SEIU y Relaciones del Trabajo se reunirá y consultará a establecer acuerdos y las condiciones bajo las cuales los empleados recién contratados pueden ser liberados sin pérdida de salario de hasta una hora, exclusiva del tiempo de viaje en su caso, para asistir a un taller de orientación dentro de la unión 30 días de trabajo de la primera fecha del servicio prestado.

Tabla de contenido